EL ALCALDE DE TECOMÁN TAMBIÉN SERÁ ENJUICIADO POLÍTICAMENTE

 
=En quince días se dictaminará, anuncia Riult Rivera.
 
Alfredo Quiles Cabrera
 
El presidente municipal de Tecomán, Guadalupe García Negrete, deberá de responder por “los delitos electorales” cometidos durante el pasado proceso electoral extraordinario de Gobernador del Estado, una vez que la Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación lo encontró responsable de esos hechos, al igual que al presidente municipal de Cuauhtémoc, Rafael Mendoza Godínez, quien podría ser destituido e inhabilitado este sábado.
 
El presidente de la Comisión de Responsabilidades del Congreso del Estado, Rivera Gutiérrez, adelantó que el tema del alcalde Tecomán, Guadalupe García Negrete, ya llegó al Congreso del Estado en días pasados y se realizaron las acciones respectivas para dar paso a la sentencia ordenada por la sala Superior del TEPJF.
 
La resolución de los magistrados determinó que “se considera que distrajo sus actividades laborales para acudir a un acto proselitista en el Jardín de la comunidad de Caleras, pues el hecho de que gozara de licencia no convierte el día en inhábil, ya que eso depende de la legislación y la reglamentación correspondiente, mas no de la voluntad del propio servidor público”.
 
La Sala Especializada ordenó dar vista al Congreso del Estado de Colima con motivo de la responsabilidad del presidente municipal para que en el ámbito de sus atribuciones proceda conforme a derecho.
 
Riult Rivera adelantó que en un plazo de 15 días podría llevarse a cabo el Juicio Político que tendría que hacerse también en sesión secreta.
El legislador panista informó que este sábado, el Congreso de Colima, en Sesión Secreta, determinará la sanción contra el alcalde de Cuauhtémoc, Rafael Mendoza Godínez, por su participación en las elecciones extraordinarias a gobernador en 2016.
 
De acuerdo con una resolución del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), el pasado febrero de 2016, por unanimidad, los magistrados resolvieron la responsabilidad de Mendoza Godínez en su asistencia los días 9 y 11 de enero de ese año a favor de Jorge Luis Preciado, entonces candidato panista a la gubernatura.
 
El expediente SRE-PSD-6/2016, derivado una queja del PRI, estableció la violación del principio de imparcialidad estipulado en el artículo 134 de la Constitución, pues la participación de un servidor público, a pesar de que contaba con licencia para separarse de su cargo y eran días inhábiles, pudo favorecer la candidatura de Preciado Rodríguez.
 
La resolución fue notificada al congreso ese mismo mes de 2016, en donde la Comisión de Responsabilidades analizó las pruebas y dio el derecho de audiencia al inculpado para que aportara alegatos en su defensa.

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