Publica la SEP el calendario escolar de 2018-2019

=Incluye los días de asueto de maestros, personal administrativo y estudiantes.=El lunes 20 de agosto de 2018 para el inicio de cursos para el ciclo lectivo 2018-2019.

 

La Secretaría de Educación Pública (SEP), publicó el calendario del próximo ciclo escolar 2018-2019, aplicables en toda la República para la educación preescolar, primaria, secundaria, normal y demás para la formación de maestros de educación básica.

En el siguiente ciclo escolar habrá cuatro puentes y dos días feriados a mitad de semana, además de los tres períodos vacacionales que se acostumbran.

Los “puentes” se forman con aquellos días en los que se conmemora alguna fecha histórica, pero el descanso se pasa al lunes, para juntarlo con el fin de semana.

Asimismo, para el próximo ciclo escolar habrá cuatro “puentes”: del Día de Muertos, el aniversario de la Revolución Mexicana, además por el Día de la Constitución Mexicana, por la Expropiación Petrolera.

La SEP precisó que para la aplicación de los presentes calendarios escolares se deberá tener en cuenta que el inicio de cursos para el ciclo lectivo 2018-2019 será el lunes 20 de agosto de 2018.

Si necesita planear actividades en días feriados o vacaciones para los siguientes meses, tome en cuenta estas fechas en las que se suspenden las labores docentes:

Viernes 2 de noviembre. Conmemoración de los Fieles Difuntos. Aunque los niños descansen, en las oficinas sí habrá actividades, a menos que de forma particular se indique lo contrario.

Lunes 19 de noviembre: con motivo del Aniversario de la Revolución Mexicana que se celebra el 20; Lunes 4 de febrero: por el aniversario de la promulgación de la Constitución Política de México, que se conmemora el 5.

Lunes 18 de marzo: Expropiación Petrolera; miércoles 1 de mayo, Día del Trabajo; miércoles 15 de mayo, Día del Maestro.

En cuanto a los periodos vacacionales: por fiestas navideñas, del 20 de diciembre al 4 de enero.
Semana Santa y Pascua, del 15 al 26 de abril.

Verano según el calendario inician: Martes 25 de junio (calendario de 185 días); martes 9 (calendario de 195 días); martes 16 (calendario de 200 días).

La Ley Federal del Trabajo en México dice que los siguientes días festivos son de descanso obligatorio, pero la misma ley ordena que si lo laboras, tienes derecho a un salario doble por el servicio prestado.

Domingo 16 de septiembre, Conmemoración de la Independencia de México; Lunes 19 de noviembre, Conmemoración de la Revolución Mexicana; Martes 25 de diciembre, Navidad; Martes 1 de enero, Año Nuevo, y martes 2 de enero deberás estar de regreso a la oficina.

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