Feminicidio

EL fiscal general de la República, Alejandro Gertz Manero, metió ruido al hacer una propuesta que eliminaría del Código Penal Federal el delito de feminicidio, para tipificarlo y perseguirlo como homicidio con agravantes y con una penalidad entre 40 y 70 años, superior a la que se aplica en cualquier delito calificado o agravado.

El horno no está para bollos, dijera el presidente Andrés Manuel López Obrador, y es que la propuesta obedece, según el Fiscal, a que con la actual legislación y el tipo penal que lo identifica resulta complicado acreditarlo y hace difícil llevar a juicio a los culpables y se requiere, en consecuencia, acreditarlo de una manera más simple, pero con una pena mayor.

López Obrador expresó: “Si se lleva a cabo esta reforma, aun siendo buena, se puede malinterpretar, entonces que las cosas (se) queden como están”.

Hay un gran malestar de las mujeres y una preocupación de la sociedad por el aumento alarmante del número de feminicidios, pues este delito ha crecido de 2012 a la fecha en 137.5 por ciento de acuerdos con datos oficiales; el incremento de los homicidios ha sido de un 35 por ciento, o sea, los feminicidios han aumentado tres veces más, tan sólo el año pasado llegó casi a los mil.

El feminicidio está contemplado en los Códigos Penales de 28 entidades federativas y en el Código Penal Federal. Para este delito actualmente como establece el artículo 325 del Código Penal Federal, se imponen siete condiciones, pues así la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha señalado que en el caso de muertes de mujeres se debe identificar las conductas que causaron la muerte de la mujer; verificar la presencia o ausencia de motivos o razones de género que originan o explican la muerte violenta; preservar evidencias específicas para determinar si hubo violencia sexual y hacer las periciales pertinentes para determinar si la víctima estaba inmersa en un contexto de violencia.

El delito previsto en el artículo 325 del Código Penal Federal se sanciona cuando:

La víctima presenta signos de violencia sexual de cualquier tipo. A la víctima se le hayan infligido lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores a la privación de la vida o actos de necrofilia. Existan antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia en el ámbito familiar, laboral o escolar, del sujeto activo en contra de la víctima.

Haya existido entre el activo y la víctima relación sentimental, afectiva o de confianza. Existan datos que establezcan que hubo amenazas relacionadas con el hecho delictuoso, acoso o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima. La víctima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida. El cuerpo de la víctima sea expuesto o exhibido en un lugar público.

El argumento del fiscal Gertz Manero, de que por las condicionantes se hace difícil sancionarlo ha sido rechazado por las mujeres, y ellas tienen razón, pues no es obligatorio que se den todo las condicionantes para que el delito se tipifique como feminicidio, basta sólo una de estas circunstancias para que el asesinato de una mujer pueda ser considerado feminicidio.

Las mujeres argumentan, y con razón, que el delito de feminicidio debe preservarse porque “visibiliza” la violencia contra las mujeres, y hace que la sociedad esté en alerta para que estos delitos se castiguen, porque al considerar el asesinato de una mujer como homicidio no se investigan mejor ni se sancionan, como lo acreditan estudios donde la impunidad en estos casos es de cerca del 90 por ciento.

Argumentan las mujeres que el problema no es del tipo penal, sino de impunidad y, sobre todo, de falta de preparación de los agentes del Ministerio Público. Para investigar y castigar a los culpables se requiere un sistema que facilite la acusación y el castigo y que, además, la perspectiva de género esté presente al juzgar y castigar.

Las Legisladoras federales de todos los partidos hicieron comparecer al Fiscal General de la República y le expresaron su rechazo a eliminar el feminicidio y a buscar otras alternativas que no vayan orientadas a la modificación del tipo penal, sino en políticas públicas para atender la violencia de género. El feminicidio se queda.

FRACASA SEMBRANDO VIDA

Uno de los programas más importantes de la 4T fracasó en alcanzar sus metas en su primer año de vida al no contar con el insumo básico que son las plantas que deberían sembrar los campesinos, así lo reconoció la secretaria de Bienestar del Gobierno Federal, María Luisa Albores, quten informó que la meta en 2019 era sembrar 575 millones de plantas y que sólo se consiguieron 80 millones, o sea el 14 por ciento del total.

Cabe destacar que los 80 millones de plantas sembradas únicamente 40 millones serán viables, o sea sólo resultó viable el 7 por ciento, por la escasa producción y el estiaje.

La funcionaria federal agregó que superada “la curva de aprendizaje”, en 2020 se espera sembrar mil 100 millones de plantas, para recuperar el faltante de 2019, y para ello, se tiene casi el doble de presupuesto, poco más de 28 mil 500 millones de pesos.

Lo que quiere decir que el aprendizaje resultó caro y costó miles de millones de pesos, pero aprendieron y ahora sembrarán el doble, mil 100 millones de plantas, y uno se pregunta si no fueron capaces de producir la mitad, cómo le harán para producir y sembrar en 2020 el doble de la meta. Pero, además, premiaron el fracaso y les doblaron el presupuesto y ahora ejercerán 28 mil 500 millones de pesos. No se sabe que hayan corrido a nadie, pues la ineficacia es una forma de corrupción.

Uno de los programas más importantes de la 4T fracasó en alcanzar sus metas en su primer año de vida al no contar con el insumo básico que son las plantas que deberían sembrar los campesinos, así lo reconoció la secretaria de Bienestar del Gobierno Federal, María Luisa Albores, quten informó que la meta en 2019 era sembrar 575 millones de plantas y que sólo se consiguieron 80 millones, o sea el 14 por ciento del total.

Cabe destacar que los 80 millones de plantas sembradas únicamente 40 millones serán viables, o sea sólo resultó viable el 7 por ciento, por la escasa producción y el estiaje.

La funcionaria federal agregó que superada “la curva de aprendizaje”, en 2020 se espera sembrar mil 100 millones de plantas, para recuperar el faltante de 2019, y para ello, se tiene casi el doble de presupuesto, poco más de 28 mil 500 millones de pesos.

Lo que quiere decir que el aprendizaje resultó caro y costó miles de millones de pesos, pero aprendieron y ahora sembrarán el doble, mil 100 millones de plantas, y uno se pregunta si no fueron capaces de producir la mitad, cómo le harán para producir y sembrar en 2020 el doble de la meta. Pero, además, premiaron el fracaso y les doblaron el presupuesto y ahora ejercerán 28 mil 500 millones de pesos. No se sabe que hayan corrido a nadie, pues la ineficacia es una forma de corrupción.

Se esperaba que el convenio fuera exitoso con los proveedores y que los 12 viveros militares de la Secretaría de la Defensa Nacional generaran 100 millones de plantas, lo cual no se logró y sólo entregaron 37 millones.

Cabe destacar que se pretende en el programa sembrar un millón de hectáreas con un presupuesto de 28 mil 500 millones y a la Comisión Nacional Forestal que atiende alrededor de 60 millones de hectáreas de bosques y selvas le dan un presupuesto de 2 mil 765 millones de pesos. O sea que el dineral del programa Sembrando Vida, que es casi 10 veces mayor que el de la Conafor, resultó un fracaso.

Son dos las causas del fracaso, la falta de planta para sembrar y la forma en que el programa está diseñado, ya que se ignora a los viveros comunitarios y ejidales y no se les deja participar, que son los que tiene la experiencia en la producción de plantas. Además, tratándose de terrenos de uso común en ejidos y comunidades, el sujeto de apoyo tiene que ser la comunidad o el ejido. Resulta paradójico insistir en la individualización de apoyos en terrenos comunitarios.

O sea, se trata de repartir dinero de manera individual a los trabajadores del campo y se ignora la larga experiencia del trabajo comunitario, se trata pues de sembrar votantes.

IGUALDAD

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió un fallo que ampara el derecho de un cónyuge a reclamar una compensación económica si se dedicó al cuidado del hogar y en algún tiempo formó parte del mercado laboral.

No importa si el matrimonio se realizó bajo el régimen de bienes separados, porque la compensación económica busca poner en igualdad de derechos al cónyuge que, al cuidar del hogar y los hijos, no dedicó el mismo tiempo al trabajo asalariado fuera de casa.

“El cónyuge que se dedicó a las tareas del hogar, pero que además salió al mundo laboral y realizó un trabajo remunerado no debe entenderse excluido de la posibilidad de acceder al derecho de compensación. Por el contrario, el tiempo y el grado de dedicación al trabajo del hogar y, en su caso, al cuidado de los hijos, deben ser ponderados a efecto de determinar el monto o porcentaje de la eventual compensación”.

Es posible que uno de los integrantes de la pareja demande al otro un porcentaje equivalente al número de bienes adquiridos si uno de ellos se dedicó en mayor medida a las actividades domésticas y otro al trabajo con remuneración económica.

Con información de: https://apropositofmp.wordpress.com/2020/02/15/femenicidio/

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